Blogia
ZALAMEA LA REAL - HISTORIA

Edad Moderna

EL LIBRO DE LOS PRIVILEGIOS. 1579-1592 (I)

EL LIBRO DE LOS PRIVILEGIOS.         1579-1592 (I)

LA EMANCIPACIÓN DEL ARZOBISPADO DE SEVILLA

 Durante una gran parte de la Edad Media, trescientos años exactamente, Zalamea perteneció a un  señorío eclesiástico, el del arzobispado de Sevilla, pero este hecho cambia radicalmente en el último tercio del siglo XVI.

             Todo comienza cuando en 1574, el papa Gregorio XIII, en agradecimiento a los servicios prestados por Felipe II en la guerra contra los infieles, emite una bula que le autoriza a apropiarse de los lugares y villas de la Iglesia de renta inferior a 40.000 ducados. Esto permite al rey que en 1579 haciendo uso de dicha bula, separe la villa de Zalamea  de la dignidad arzobispal con efectos de 1 de Enero de 1580. Con esta reesolución se iniciaba para nuestro pueblo un largo proceso que culminaría 12 años más tarde.

             El hombre que trajo la noticia a Zalamea fue Juan Ruiz Carillo, enviado “ex profeso” por el rey, que informó a los munícipes zalameños de la decisión real y  tomó los datos de población y renta,  marchándose a continuación. Meses después es enviado el licenciado Álvaro de Santander para tomar posesión de la villa y nombrar los cargos del concejo en nombre del rey y haciéndole saber que éste piensa respetar sus usos y costumbres. Más tarde por una cédula de 20 de Febrero de 1580, la vendería a Don Francisco de Guzmán, marqués de la Algaba. Algunos historiadores locales hacen referencia a que la primera venta fue a Don Nicolás de Grimaldo, príncipe de Salerno. Sin embargo, todo apunta a que este actuó como intermediario, siendo probablemente una especie de procurador de la corte que medió en la operación para proceder a la venta más conveniente. De cualquier manera la venta real y efectiva es al mencionado marqués. No obstante, el licenciado Álvaro de Santander hizo saber al concejo y habitantes del pueblo que si lo deseaban podían redimirse de la venta, pagando al rey la misma cantidad por la que se le vendía a don Francisco de Guzmán, disponiendo para decidirlo de cuatro meses. ¿Estamos quizá ante una hábil maniobra para conseguir más rápidamente dinero del que el rey no andaba sobrado precisamente? Cualquier respuesta a esta pregunta entra en el terreno de las conjeturas.

              El caso es que los habitantes de Zalamea, encabezados por aquellos vecinos que ocupaban una posición relevante dentro del pueblo tomaron la determinación de aceptar esta condición y solicitaron del rey el poder redimirse a sí mismos pagando la cantidad que se estableciera.

             Esta opción fue probablemente decidida por este grupo de personas que gozaban de un status social elevado y a los que no se les escapó las ventajas que la compra del pueblo podría suponer para ellos, tanto económica como socialmente.

             Y en efecto, ellos fueron los más favorecidos en esta transacción ya que la nueva situación del pueblo, que así gozaría de una cierta autonomía en su gobierno, les permitió consagrar tanto sus privilegios como el goce de sus posesiones sin necesidad de tener que rendir cuentas a ningún señor, aunque indiscutiblemente también el pueblo salió favorecido en gran medida, por cuanto suponía el disfrute común de muchos terrenos que se convirtieron en bienes de propio.

 La cantidad que se estableció, y que Zalamea debería pagar fue de 16.000 maravedíes por cada vecino y cuarenta y dos mil quinientos por cada mlllar de rentas jurisdicionales.

             Teniendo en cuenta que existían en ese momento 867 vecinos y medio (el cómputo se hacía por cábezas de familia, ocupantes de una vivienda), la cantidad total se ajustó en 15 cuentos (millones) 104,190 maravedíes.

 La venta al marqués es anulada. Pero queda por delante un camino tortuoso y lleno de dificultades.

Manuel Domínguez Cornejo       Antonio Domínguez Pérez de León

LAS ORDENANZAS MUNICIPALES DE ZALAMEA DE 1535

LAS  ORDENANZAS MUNICIPALES  DE ZALAMEA DE 1535

El documento de mayor valor conservado en el archivo municipal de Zalamea la Real es sin lugar a dudas el Libro de las Ordenanzas de 1535. Se trata de un libro en pergamino manuscrito de un valor material incalculable, aceptablemente conservado,  que es incuestionablemente una de las joyas de nuestro Patrimonio Cultural e Histórico.

Redactadas en 1534 y aprobadas un año más tarde por el arzobispo de Sevilla y señor de Zalamea, Don Alonso Manrique de Lara, hermano del famoso poeta castellano, su lectura nos traslada, como si de una máquina del tiempo se tratara, casi 500 años atrás y nos sumerge en una Zalamea que no parece tan lejana como se puede suponer. Es posible, además, que estas ordenanzas sean una actualización de otras anteriores en las que se aumentan las penas y sanciones y  se amplían los capítulos  ajustándolos a las necesidades del momento. Todos los expertos que las han estudiado coinciden en valorar su aspecto práctico y real, en contraposición a otras en las que se limitaban a copiar un modelo. Sin embargo el estudio comparativo de estas ordenanzas con otras similares nos lleva a pensar que también en este caso se siguió un modelo establecido, especialmente en algunos capítulos, sin embargo las  numerosas referencias que hay en el texto a situaciones, costumbres y lugares del pueblo, muchos de los cuales son perfectamente identificables hoy, 477 años después  indican que al margen de haber seguido un guión predefinido, su redacción se ajusta minuciosamente a la realidad, necesidades y formas de gobierno de Zalamea.

Deteniéndonos en su contenido el libro consta de 133 capítulos, a los que hay que añadir los cinco de las rentas del almojarifazgo y las rentas de la alcaidía. La distribución de estos capítulos es irregular y generalmente se agrupan todos los referidos a un mismo tema aunque en ocasiones puede aparecer un capítulo aislado entre otros de diferente asunto.

El estudio de estas reglas refleja como era la vida de Zalamea al final de la Edad Media. Un pueblo que pretendía autoabastecerse y por tanto dictaba unas normas que protegían su economía local. Su lectura nos permite conocer y valorar fundamentalmente los aspectos económicos de la población, sin embargo entre sus líneas salen a la luz costumbres y usos de la época y especialmente un aspecto que por aquel entonces tenía un enorme valor para los habitantes de nuestro pueblo, aspecto que hoy se ha definido como ecológico, y que no era otro que la necesidad de conservar los recursos naturales por razones estrictas de supervivencia.  Sencillamente, había que conservar y respetar la naturaleza porque era el pilar fundamental de su economía. Por ello estas ordenanzas pueden considerarse como paradigma de lo que era un sistema económico en consonancia con el medio ambiente.

Por ellas sabemos que la principal riqueza del pueblo eran las dehesas de encinas y alcornoques,  bienes de propios, a las que se dedican 29 capítulos que regulan su aprovechamiento y su protección. No olvidemos que la bellota era en aquella época un  producto de primera necesidad tanto para los animales como para la alimentación humana.

Le sigue en importancia la regulación de los cultivos, viñas, huertas, heredades y sementeras, que se extiende a lo largo de 17 capítulos; circunstancia lógica en una economía agrícola; entre ellas nos llama la atención  una actividad hoy desaparecida, el cultivo de la vid para la producción de vino

La carne y su venta en carnicerías es objeto de 14 capítulos que ponen especial énfasis en las condiciones sanitarias y de comercio para el abastecimiento de la población.

Las bestias y ganados, las primeras como instrumentos de trabajo y las segundas como fuente de aprovisionamiento, ocupan 15 capítulos, Entre ellos la regulación de la boyada municipal es un aspecto de gran interés, por lo que refleja una estructura comunal en la explotación de la riqueza.

Nueve capítulos ocupa el uso de las aguas. En ellos se dispone sobre la conservación, uso y mantenimiento de fuentes y corrientes de agua. Se trata de un bien escaso que debe ser minuciosamente controlado para evitar el abuso y la contaminación. Sorprende encontrar en estos capítulos algunas fuentes, riveras y charcos que han conservado sus nombres a través del tiempo y que aún hoy siguen llamándose así

Los impuestos y la regulación de la venta y compra son objeto de 13 capítulos, incluidos los cinco de las rentas del almojarifazgo. En este sentido se procura llevar un control de las mercancías que entran y salen del pueblo, evitando que puedan introducirse materias cuando hay existencias procedentes de la producción propia, como es el caso del vino, prohibiéndose la importación cuando hay cosecha propia.

La forma de gobierno se trata en 8 capítulos. En ellos se dispone la forma en que han de proceder los alcaldes y demás oficiales de la villa, cómo y cuándo han de elegirse y cuáles son sus obligaciones, estableciéndose penas y sanciones  para cuando no las cumplan como deben.

Hay temas que ocupan capítulos sueltos, pero que para el concejo tienen también su importancia, entre ellos hallamos asuntos como la construcción de casas, la regulación de la venta del pan y del vino,  los ejidos, los lobos, las colmenas y el fuego.

Conviene reseñar que en estas ordenanzas se establecieron normas que con el tiempo se convirtieron en costumbres que siguieron practicándose muchos años después de que las ordenanzas dejaran  de tener vigor. Muchas de ellas perduraron hasta tiempos bien recientes, por ejemplo cómo avisar a los vecinos mediante toques de campana para acudir a apagar los fuegos, o cómo proceder en  la quema de los rastrojos.

Las Ordenanzas terminan con su ratificación por el provisor de Sevilla, el licenciado Temino, en nombre del Cardenal.

Pero el libro guarda además de las ordenanzas propiamente dichas algunas sorpresas. Resulta que al final quedaron algunas páginas en blanco que se utilizaron posteriormente para hacer anotaciones y cálculos y entre ellos hay una que merece resaltar. Se trata de un breve texto que un joven estudiante que tuvo el libro entre sus manos, dedica con afecto y reconocimiento a su maestro y en el que se puede leer:

“De la mano y pluma de mi  Jerónimo Fernández, discípulo menor del señor maestro fray Cristóbal que Dios guarde muchos años y bueno y que es ermitaño en San Vicente y da escuela en San Vicente y que Dios le de salud, en Zalamea en veintiuno del mes de Agosto de 1.6… (ultimas dos cifras ilegibles)

Es sin duda la primera referencia documental a una escuela existente en Zalamea que parece ser se ubicó en la ermita de nuestro patrón.

En definitiva, un documento que nuestros antepasados han sabido guardar celosamente durante casi 500 años y que nosotros tenemos la enorme responsabilidad de conservar para las generaciones futuras.

Manuel Domínguez Cornejo          Antonio Domínguez Pérez de León

UNA PROCESIÓN DE ZALAMEA EN EL SIGLO XVI

UNA PROCESIÓN DE ZALAMEA EN EL  SIGLO XVI

Vamos a intentar en las próximas líneas describir lo que fue un desfile procesional religioso a finales del siglo XVI en Zalamea con el fin de que, además de ilustrarnos sobre los orígenes de la actual Semana Santa, pueda servirnos como referencia a la hora de estudiar la evolución  de dichas procesiones.

Antes de comenzar creemos conveniente introducirnos en lo que era Zalamea en aquel entonces con el objeto de ponernos en situación. Esto nos va a permitir en gran medida comprender los hechos que narraremos más tarde.

 En primer lugar hay que decir que estamos hablando de un periodo comprendido entre 1581 y 1599, es decir, han transcurrido desde entonces más de cuatrocientos años. En aquel tiempo  el pueblo era conocido como Zalamea del Arzobispo y contaba con 817 vecinos incluyendo los habitantes de las aldeas. Desde 1581 había iniciado un proceso de emancipación del arzobispado de Sevilla, suficientemente tratado y conocido, que culminó  en 1592 con su anexión a la corona de Castilla que  ostentaba Felipe II.

 En lo que se refiere al gobierno municipal, el pueblo estaba administrado por un alcaide mayor, representante de la autoridad arzobispal, dos alcaldes ordinarios, que en los actos públicos llevaban una vara para que se les reconociera como tal, cuatro regidores, equivalentes a los actuales concejales, un mayordomo, figura ésta de importancia, ya que era el encargado de custodiar y administrar los bienes del concejo, todos ellos asistidos por un alguacil y un escribano que hacía las veces de notario público. El cabildo o conjunto de gobernantes municipales se reunía semanalmente, y a él podían asistir todos los “hombres buenos” del pueblo, es decir los varones adultos, cristianos viejos y de reconocida honradez.

 Zalamea era un pueblo bien distinto del que hoy podemos ver y sería difícilmente reconocible por una persona que viva en la actualidad. Solo sería identificable la disposición de  la parte más antigua del pueblo. Las casas se agrupaban alineadas en una pocas calles; éstas serían Calle La Plaza, La Iglesia, Castillo, Olmo, Don Manuel Serrano, prolongándose hacía la Plaza de Talero, Fontanilla, Rollo y Tejada. Los edificios más significativos que distinguían al pueblo en aquel entonces eran la Iglesia y las Ermitas. La Iglesia,  con una configuración muy distinta a la actual, más pequeña, tenía tan sólo dos naves y un campanario de menor altura que nuestra actual torre. Estaban ya construidas la ermitas de San Sebastián, San Vicente y Santa María de Ureña, hoy dedicada a San Blas. Todas quedaban entonces a extramuros del pueblo. Las calles eran de tierra, las casas, normalmente bajas, de una sola planta y grandes corrales con paredes de piedra. No había iluminación que alumbrase las vías públicas una vez que se hacía de noche,  salvo alguna luminaria que pudiera colocarse en algún lugar de  concurrencia, con lo que el pueblo después de ponerse el sol se sumía en la  oscuridad más absoluta.

 No existían escuelas y un porcentaje muy elevado de zalameños eran analfabetos. La enseñanza estaba restringida para los hijos de familias acomodadas y la recibían normalmente de manos de canónigos o frailes que dedicaban parte de su tiempo a esos menesteres. Las actividades cotidianas comenzaban al amanecer y tocaban fin cuando las primeras sombras de la noche hacían su aparición, retirándose la gente a sus casas muy temprano. Zalamea era eminentemente agrícola y ganadera y se regía por unas normas recogidas en unas Ordenanzas Municipales desde 1535.

 La vida social giraba en torno a la religión hasta el punto que las actividades cotidianas venían determinadas por los toques de campana que llamaban a oración; la mentalidad de aquellos tiempos hacía pensar al hombre que la solución a sus problemas estaba en la religión: la curación de sus enfermedades, el éxito de sus cosechas, etc.. La práctica totalidad de las fiestas tenían carácter religioso.

 Todo lo dicho hasta ahora nos permite aproximarnos a lo que fue la vida de nuestro pueblo a finales del siglo XVI y nos ayudará a comprender lo que describimos a continuación. Pasemos ahora a hablar de lo que fue una procesión en aquel tiempo.

 No existía una Semana Santa propiamente dicha y en el marco de las convicciones religiosas y costumbres se llevaba a cabo una sola procesión que tenía lugar el jueves por la noche.

De esta manera, el día señalado, una vez anochecido, un toque de trompeta con “cadencia de dolor” anunciaba el comienzo de la procesión. Se iniciaba, partiendo desde la Iglesia, un desfile encabezado por un gran crucifijo portado por un clérigo vestido con su ornamento  característico; a continuación desfilaban seis cofrades con túnica negra  y hachas o velones encendidos y a continuación la imagen de una virgen, vestida de luto  y llevada por seis penitentes  negros, seguidamente  desfilaban los restantes cofrades de túnica negra con sus velas o hachas encendidas que rodeaban a los hermanos  cofrades vestidos de blanco. Estos llevaban el torso descubierto para disciplinarse, es decir se flagelaban, - azotaban -, con un manojo de latiguillos a los que algunos añadían una especie de pelotillas con vidrios incrustados; circunstancia ésta que estaba expresamente prohibida por considerarse una forma de alarde. Así, con la tenue luz que desprendían las velas  recorrían una buena parte de las calles del pueblo. Por delante de la procesión iba una cruz roja con una especie de pañuelo negro llevada por un cofrade que de esta manera advertía de  la proximidad de la procesión, acompañado siempre por la trompeta que repetía de vez en cuando su toque cadencioso y triste.

 Al final se disponía de una especie de servicio de higiene para lo cual la hermandad designaba algunos cofrades que con paños y agua  limpiaba las espaldas de los hermanos de Sangre.

Bien entrada ya la noche la procesión se recogía de nuevo igual que había comenzado, en un silencio profundo con el único sonido lejano de la corneta y con el sordo chasquido de las disciplinas sobre las espaldas de los penitentes blancos.

La procesión que acabamos de reconstruir no es una ficción, se trata de una reconstrucción basada  en los documentos  de la época y ofrece una imagen bastante fidedigna de cómo debió desarrollarse en la realidad. Es posible que alguien se sienta tentado de calificarla como una babarie o espectáculo cruento, pero los hechos del pasado ni se pueden justificar ni tampoco juzgar con la mentalidad del presente, en cualquier caso este tipo de procesiones eran muy comunes en los reinos de España y respondían a la  mentalidad a la que hacíamos referencia más arriba.

En Zalamea era realizada por la Hermandad de la Vera Cruz, a finales del siglo XVI y fue el germen de nuestra Semana Santa actual y en la que aún pueden distinguirse algunos elementos reconocibles: La existencia de penitentes negros que eran los encargados como hemos podido ver de alumbrar la procesión con sus hachas o velones y que por ello eran llamados hermanos de luz, y penitentes blancos, vestidos con túnica de ese color  y que se azotaban durante toda la procesión y consecuentemente eran llamados hermanos de sangre. Otro vestigio  lo encontramos en el toque de trompeta que advierte del paso durante el Vía Crucis.

 Manuel Domínguez Cornejo        Antonio Domínguez Pérez de León   

EL ALCALDE DE ZALAMEA DE LOPE DE VEGA. UNA DUDA RAZONABLE

EL ALCALDE DE ZALAMEA DE LOPE DE VEGA. UNA DUDA RAZONABLE

         En ningún momento habíamos llegado a poner en tela de juicio, en el tiempo que llevamos investigando sobre la historia de Zalamea la Real, que el suceso original que da pie al drama titulado "El alcalde de Zalamea" ocurriera en Zalamea de la Serena.  Por un lado admitíamos algo que es comúnmente aceptado en círculos literarios y por otro siempre hemos creído que en nuestro pasado hay suficientes hechos de interés que justifican la entidad histórica de nuestro pueblo sin necesidad de ser identificado con el de la obra dramática. Sin embargo, desde hace unos años, algunas circunstancias han venido a sembrar en nosotros la duda y, cediendo a la natural inclinación humana por la curiosidad, decidimos dedicar algún tiempo a su investigación, investigación que, como veremos, nos deparó pequeñas sorpresas.

             Todo empezó en el año 1995 cuando se recibe en Zalamea - la nuestra - una carta de un vecino de Zurbarán (Badajoz) que hacía referencia a un texto del libro "La Hegemonía Española" de la Historia Universal de la Editorial Daimon. Consultada la referencia, en ella se asegura que el suceso tiene lugar en una aldea de la provincia de Huelva. Evidentemente Zalamea la Real. En un primer momento seguimos sin darle importancia pero en 1998 se publica la obra "Felipe II y su tiempo" de Manuel Fernández Álvarez por la Editorial Espasa, obra muy completa y documentada sobre la época de Felipe II; pues bien su autor asegura, en la página 218, que la Zalamea de Pedro Crespo es Zalamea la Real. Son ya dos afirmaciones  en el mismo sentido y esta última no puede tomarse a la ligera por cuanto la realiza todo un catedrático de Historia, reconocido especialista en la Edad Moderna. Cualquiera comprenderá que la cuestión merece, al menos, que se le dedique algún tiempo.

             Como es lógico la principal fuente de información se centra en la obra de teatro en sí. "El Alcalde de Zalamea" pertenece al género que en literatura es conocido como de "historia y leyenda española", en él se agrupan las obras que tienen como fondo argumental un hecho histórico o leyenda que en la época alcanza cierto difusión y que el autor utiliza modificando, a veces, el argumento para darle fuerza dramática e introduciendo personajes nuevos hasta el punto que, en ocasiones, el suceso original queda disfrazado de manera que resulta difícil reconocerlo. En el caso de "El alcalde de Zalamea" vamos a dar por supuesto la veracidad del suceso aunque sin determinar de principio dónde, cuándo y cómo.

            Antes de continuar hay que recordar, quizás para aclarar la perplejidad que en algunos puede haber causado el título de este artículo, que, como muchos de ustedes ya sabrán, existen dos versiones de "El alcalde de Zalamea"; una, la más conocida y también la que según los expertos alcanza mayor riqueza literaria y dramática, es aquella de la que es autor Calderón de la Barca, pero existe otra, más desconocida, con el mismo título, atribuida a Lope de Vega. La primera que se escribió, alrededor de 1610, fue la de Lope, la de Calderón es posterior, sobre 1642. Parece ser que Calderón toma la idea de Lope, modificando algo el argumento y algunos personajes, aunque bien es verdad que enriqueciéndolo literariamente hasta el punto de que con el tiempo oscureció la primera. En ninguna de las dos se aclara terminantemente a cual de las dos "Zalamea" se refiere. Justo es reconocer que en el "Alcalde" de Calderón hay indicios que hacen pensar que pudo tratarse de Zalamea de la Serena; en él se habla de que el grueso de las tropas al que pertenecen los soldados que entran en el pueblo se halla en Llerena y que su maestre de campo, Lope de Figueroa, se encuentra  en Guadalupe, ambas poblaciones extremeñas. En relación con Lope de Figueroa, que aparece en ambas obras, conviene significar que es un personaje que existió realmente; se trata de un militar que estuvo en Flandes con el duque de Alba y parece ser participó también en la campaña de Portugal. Como veremos más adelante, este detalle puede tener también su importancia.

             Continuando con la obra de Calderón,  el contexto en el que se desarrolla hace suponer que las tropas se dirigen a Portugal o regresan de allí. Está comprobado que en 1580 Felipe II concentra tropas en Badajoz con el fin de hacerlas entrar en Portugal, precediéndole,  para dar apoyo militar a sus derechos dinásticos al trono luso y Zalamea de la Serena se encuentra próxima a esa ruta.

             Sin embargo leyendo con detenimiento la obra de Lope, que no olvidemos fue la primera en escribirse y por lo tanto la más cercana al suceso original, advertimos algunos detalles dignos de tener en consideración. En primer lugar no hay referencias ni a Llerena ni a Guadalupe, se habla sólo de soldados que pasan por el pueblo y se alojan en él, van también a hacer la campaña de Portugal pero parece que el rey tiene intención de enviar el tercio de Lope de Figueroa, como así lo confiesa él mismo, a las islas Terceras (Azores) para mantenerlas en orden y evitar que de allí pueda partir alguna rebelión, con lo que bien pudiera ir a embarcarse en algunos de los puertos andaluces, lo que sitúa a nuestra Zalamea en su ruta. En segundo lugar se mencionan dos personajes significativos que no figuran luego en el "alcalde" de Calderón: Bartolo el de Berrocal y Juan Serrano;  el primero tiene como referencia de origen del personaje un pueblo cercano al nuestro con el que se mantuvo una gran relación en tiempos pasados; el segundo es un personaje cuya existencia real está documentada en  Zalamea, en el Libro de los Privilegios, primero como regidor y después como alcalde, precisamente en el periodo en el que se sitúan los hechos (1580 - 1583).

 En la versión de Lope sorprende, por otra parte, el uso de expresiones, apellidos y nombres que fueron muy comunes en nuestro pueblo, aunque, para no faltar a la verdad, hay que decir que pudieron serlo también de cualquier otro pueblo del sudoeste peninsular.

             Veamos ahora cuándo pudieron tener lugar los hechos. Menéndez y Pelayo supone que el suceso debió ocurrir entre 1580 y 1581 por los indicios que se contienen en ambas obras. Efectivamente en ellas se habla, como ya hemos dicho, del envío de tropas a Portugal para apoyar los derechos dinásticos de Felipe II al trono del país vecino, país al que se desplaza el propio rey en persona siguiendo al ejercito, hechos que acaecen en aquellos años, aunque no es descartable que pudieran ocurrir también al regreso, que se produce en 1583.

             En ese periodo nuestro pueblo, en aquel tiempo Zalamea a secas ya que el apelativo la Real lo obtuvo más tarde, se encuentra inmerso en un proceso de emancipación del señorío arzobispal y anexión a la corona. Desgraciadamente las actas capitulares correspondientes a esos años desaparecieron del archivo municipal y el único documento que aporta información es el Libro de los Privilegios de 1592. En él no aparece ningún alcalde llamado Pedro Crespo pero se narra un suceso ocurrido el 21 de Septiembre de 1582 en el que un alcalde ordinario, Alonso Pérez León, se enfrenta a un juez comisionado real que pretende desposeerlo de su vara haciendo caso omiso de un privilegio concedido un año antes; se trata de un hecho en el que se defiende el honor y la dignidad de un pueblo ante el abuso de autoridad del comisionado. Por cierto la persona a la que éste nombra nuevo alcalde es ¡Juan Serrano! que a la sazón vivía en la calle de la Iglesia

             Hay otro aspecto que conviene resaltar. Durante su desplazamiento de Madrid a Lisboa para coronarse rey de Portugal, Felipe II despacha con frecuencia asuntos relacionados con nuestro pueblo, en concreto firma de su puño y letra seis documentos relacionados con el proceso de emancipación del arzobispado, el primero es un alvala fechado en Madrid el 25 de Diciembre de 1579; antes de partir hacia Lisboa firma otros dos, una carta de privilegio el 19 de febrero de 1580 y al día siguiente, 20 de Febrero, una provisión. Estando en Mérida, el 15 de Mayo de 1580, firma la carta de desmembración del arzobispado; más tarde en Badajoz, el 3 de Noviembre de 1580, firma otra cédula- provisión relacionada con el mismo asunto y estando ya en Lisboa el 17 de Noviembre de 1581  firma una cédula haciendo entrega a nuestros antepasados de la jurisdicción y rentas. Desde luego si hay una Zalamea que al rey, y a la austera corte que le acompaña, debió sonarle, entre los asuntos menores que hubo de tratar en ese tiempo, fue la nuestra.

             Es difícil precisar hoy como debió ocurrir - si ocurrió - el suceso original que dio origen a la leyenda que su vez sirvió de base al argumento de ambas obras. Indudablemente se trató de una cuestión de honor. Entre ese momento y la primera versión de la obra transcurren casi 30 años, tiempo suficiente como para que los hechos se tergiversen, si además se le añaden las modificaciones que los autores le introducen para dramatizarlo, resulta que puede ser realmente difícil averiguarlo. Puede que incluso Lope de Vega, y más tarde Calderón, tengan conocimiento de una leyenda que sitúen al azar en un pueblo cualquiera de España. Y por qué no en nuestra Zalamea si en aquellos momentos sonó en la Corte aunque por motivos distintos    

            A pesar de todo lo expuesto queremos dejar suficientemente claro que no podemos afirmar que el suceso que dio origen al famoso drama se desarrollara en Zalamea la Real. Carecemos de pruebas concluyentes que así puedan demostrarlo pero después de leer a Lope de Vega pensamos que hay lugar para una duda razonable.

 Manuel Domínguez Cornejo                      Antonio Domínguez Pérez de León