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ZALAMEA LA REAL - HISTORIA

LA EMANCIPACIÓN DEL ARZOBISPADO DE SEVILLA (I)

LA EMANCIPACIÓN DEL ARZOBISPADO DE SEVILLA (I)

LA DECISIÓN

En capítulos anteriores hemos narrado el periodo durante  el que nuestro pueblo permaneció bajo el señorío del arzobispado de Sevilla, pero después de 300 largos años aquel periodo llegaría a su fin.

 Todo comienza cuando en 1574, el papa Gregorio XIII, en agradecimiento a los servicios prestados por Felipe II, emite una bula que le autoriza a apropiarse de los lugares y villas de la Iglesia de rentas inferiores a 40.000 ducados. Esto permite al rey que en 1579, haciendo uso de dicha bula “desmembre” la villa de Zalamea de la dignidad arzobispal con efectos de 1 de enero de 1580.

El hombre que trajo la noticia a Zalamea fue Juan Ruiz Carrillo, enviado "ex profeso" por el rey, que tomó los datos de población y renta, marchándose a continuación. Meses después es enviado el licenciado Álvaro de Santander para tomar posesión de la villa y nombrar los cargos del concejo en nombre del rey y haciéndoles saber que éste piensa respetar sus usos y costumbres. Más tarde por una cédula de 20 de febrero de 1580 la vende a don Francisco de Guzmán, marqués de la Algaba; algunos autores locales hacen referencia a que la primera venta fue a Don Nicolás de Grimaldo, príncipe de Salerno, sin embargo todo apunta a que éste actuó como intermediario, siendo probablemente una especie de procurador de la corte que medio en la operación para proceder a la venta más conveniente. De cualquier manera la venta real y efectiva es al mencionado marqués de la Algaba. No obstante el licenciado Álvaro de Santander hizo saber al concejo y a los habitantes del pueblo que si lo deseaban podían redimirse de la venta pagando al rey la misma cantidad por la que se le vendía a don Francisco de Guzmán, disponiendo para decidirlo de cuatro meses.

 Los habitantes de Zalamea, encabezados por aquellos vecinos que ocupaban una posición relevante dentro del pueblo, tomaron la determinación de aceptar esta condición y solicitaron al rey el poder redimirse a sí mismos pagando la cantidad que se estableciera.

Esta decisión fue probablemente tomada por este grupo de personas que gozaban de un status social elevado y a los que no se les escapó las ventajas que la compra del pueblo podría suponer para ellos, tanto económica como socialmente. Y en efecto, ellos fueron los más favorecidos en esta transacción ya que la nueva situación política del pueblo, que así gozaría de una cierta autonomía, les permitiría consagrar tanto sus privilegios como el goce de sus posesiones sin tener que dar cuentas a ningún señor, aunque indiscutiblemente también el pueblo en general saldría favorecido en gran medida por cuanto suponía el disfrute común de muchos terrenos que se convirtieron en bienes de propio.

La cantidad que se estableció y que Zalamea debería de pagar, fue de 16.000 maravedíes por cada vecino y 42.500 por cada millar de rentas jurisdicionales. Teniendo en cuenta que en aquel momento existían en el pueblo 817 vecinos y medio ( el censo se hacía por habitantes de casas por lo que el número de personas que habitaban el pueblo se puede calcular aplicando un coeficiente de 3,5 lo que da unas 2800 personas en todo el término), la cantidad total se ajustó en 15 cuentos (millones) 104.190 maravedies. La venta al marqués es anulada. No disponiendo el pueblo de dicha cantidad en efectivo tuvo que embargar sus bienes de propio y tomar un préstamo de doña Brígida de Arco Corso, saliendo como fiador un zalameño ilustre de la época, Don Francisco Bernal Estrada. Este hombre nació en Zalamea y alcanzó muy joven altos cargos eclesiásticos en Jerez y Sevilla. Entretanto muere en el ejercicio de su cometido el licenciado Álvaro de Santander, ocupando su cargo interinamente el doctor Burgos de Paz que lo ejerció hasta el nombramiento de don Miguel de Rado como juez de comisión para terminar de amojonar el término (señalar los límites) y entregarlo a las autoridades de Zalamea.

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